El derecho conferido por el registro de una marca, sólo se puede hacer valer ante terceros a partir de la publicación de su concesión como regla general.
No obstante: la solicitud de registro de marca confiere a su titular desde su publicación, una protección provisional. Esta protección consiste en el derecho a exigir una indemnización razonable y adecuada, si un tercero usa la marca entre aquella fecha y la de publicación de concesión, y ese uso hubiera quedado prohibido.
Esa misma protección provisional será aplicable aun antes de la publicación de la solicitud frente a la persona a quien se hubiera notificado la presentación y el contenido de ésta.
Seguimos registrando su Marca de forma telemática.
Hace 11 meses