Existe una clasificación oficial de productos y servicios a distinguir para el registro de marcas, en total 45 clases, 34 de productos y 11 de servicios. Si los productos o servicios que se desean proteger pertenecen a más de una clase se puede solicitar una marca en varias clases del Nomenclátor Oficial.
Con carácter previo a la solicitud de registro de una marca, aconsejamos realizar un estudio sobre su viabilidad registral. Esta investigación de marcas idénticas y parecidas necesita ser realizada por un especialista, ya que hay que saber si las marcas que podrían obstaculizar el registro están en vigor actualmente.
El procedimiento de concesión de signos distintivos (marcas y nombres comerciales), ante la Oficina Española de Patentes y Marcas:
Una vez solicitado el registro de un signo distintivo, éste será publicado en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial. La fecha de publicación abre el período legal de dos meses para que terceros interesados puedan presentar oposición a la concesión del signo distintivo. Si existieran oposiciones o alguna objeción señalada por la Oficina Española de Patentes, la misma emitirá el correspondiente suspenso, existiendo un período legal de un mes, para realizar un escrito defensivo. Una vez concedido el expediente, se expide el correspondiente título de concesión.
Si el signo distintivo es denegado, cabe presentar recurso administrativo contra la resolución denegatoria.
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Nuestros servicios de Propiedad Industrial se gestionan a través de www.lasmarcas.com
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