La solicitud de una marca comunitaria se puede presentar o bien ante la Oficina de marcas comunitarias, OAMI, o ante el servicio central de la propiedad industrial de un Estado miembro, o ante la oficina de propiedad intelectual del Benelux.
Cuando la solicitud se presente ante el servicio central de la propiedad industrial de un Estado miembro o ante la Oficina de propiedad intelectual del Benelux, dicho servicio o dicha oficina adoptarán todas las medidas necesarias para transmitir la solicitud a la Oficina en un plazo de dos semanas a partir de la presentación de la solicitud. Podrán exigir al solicitante una tasa cuya cuantía no podrá superar la del coste administrativo de recepción y transmisión de la solicitud.
Cuando la solicitud se presente ante el servicio central de la propiedad industrial de un Estado miembro o ante la Oficina de propiedad intelectual del Benelux, dicho servicio o dicha oficina adoptarán todas las medidas necesarias para transmitir la solicitud a la Oficina en un plazo de dos semanas a partir de la presentación de la solicitud. Podrán exigir al solicitante una tasa cuya cuantía no podrá superar la del coste administrativo de recepción y transmisión de la solicitud.
Las solicitudes mencionadas que lleguen a la Oficina una vez transcurrido un plazo de dos meses después de su presentación, se considerarán presentadas en la fecha en que la solicitud llegue a la Oficina.