No pueden registrarse como marcas los signos que sean idénticos a una marca anterior para designar productos o servicios también idénticos.
Tampoco pueden registrarse como marca los signos que por ser idénticos o semejantes a una marca anterior y por ser idénticos o similares los productos o servicios que distinguen, exista un riesgo de confusión en el público incluyendo en el riesgo de confusión el de asociación con la marca anterior.
Capítulo III de la vigente Ley de Marcas.
Seguimos registrando su Marca de forma telemática.
Hace 11 meses