De conformidad con la Ley de marcas, se entiende por marca todo signo susceptible de representación gráfica que sirva para distinguir en el mercado los productos o servicios de una empresa de los de otras.
Tales signos podrán ser:
a) Las palabras o combinaciones de palabras, incluidas las que sirven para identificar a las personas.
b) Las imágenes, figuras, símbolos y dibujos.
c) Las letras, las cifras y sus combinaciones.
d) Las formas tridimensionales entre las que se incluyen los envoltorios, los envases y la forma del producto o de su presentación.
e) Los sonoros.
f) Cualquier combinación de los signos que, con carácter enunciativo, se mencionan en los apartados anteriores.
Todos los empresarios grandes y pequeños necesitan distinguir sus productos y servicios en el mercado. Con la marca, el consumidor va a asociar directamente marca-producto, identificando la calidad, el precio, el prestigio, etc.